El día de hoy la Jueza Cuarto Distrito en materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, dicto la sentencia dentro del amparo 1587/2023, que prohibe de manera definitiva el uso de fuegos artificiales en el municipio de Tehuacán, Puebla.
Esta es la primera sentencia en su especie en México y en América Latina, pues reconoce la prohibición de la pirotecnia «por ocasionar lesiones al medio ambiente, a la salud y a los animales».
Ademas ordena que se implementen medidas efectivas para cumplir dicha prohibicion y sancionar a quienes hagan uso de fuegos pirotécnicos.
El amparo fue promovido por la asociación ambientalista «TAC Una Protección al Entorno «, siendo los representantes legales el colectivo «Circulo de Amparo».
Esta sentencia es histórica, ya que protege el derecho al medio ambiente sano en favor de las personas de la tercera edad, mujeres embarazadas, recién nacidos, autistas, personas enfermas, y para todos los ciudadanos que viven en el municipio, asi como a favor del bienestar animal.
Con esta sentencia de la justicia federal, el gobierno actual y los gobiernos que vengan están obligados a vigilar que en el municipio de Tehuacán no se haga uso de fuegos pirotécnicos, esto para garantizar la protección al medio ambiente sano y a la salud de los ciudadanos.
